Concesión directa de subvenciones a las entidades locales titulares de servicios sociales de atención primaria, para hacer frente al impacto de la COVID19
Vicepresidencia y Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas -
Comunidad Valenciana
Subvención a fondo perdido
Concesión directa, con carácter excepcional, de subvenciones para reforzar las políticas sociales y de atención a personas y familias, especialmente aquellas en situación de mayor vulnerabilidad que será diagnosticada por las personas profesionales de los equipos de atención primaria de servicios sociales, en particular las personas mayores; en situación de dependencia; sin hogar; familias mono parentales; niños y niñas afectados por el cierre de centros educativos, todo ello en el marco de la situación excepcional derivada de la COVID19
Personas y familias, especialmente aquellas en situación de mayor vulnerabilidad que será diagnosticada por las personas profesionales de los equipos de atención primaria de servicios sociales, en particular las personas mayores; en situación de dependencia; sin hogar; familias mono parentales; niños y niñas afectados por el cierre de centros educativos, todo ello en el marco de la situación excepcional derivada de la COVID19.
Las subvenciones que se otorgan por concesión directa para el año 2020 ascienden a un importe global de 11.553.770,00 euros, con cargo a la línea de subvención habilitada al efecto dentro del programa presupuestario 313.10, «Servicios sociales».
Se distribuirán por parte de la Generalitat entre las entidades locales titulares de los servicios sociales de atención primaria de la Comunitat Valenciana.
Importe de la ayuda:
El 100 % de la cuantía de la subvención concedida se librará anticipadamente.
Estas prestaciones económicas individualizadas (PEI’s) se organizarán del siguiente modo:
a) La prestación económica individualizada podrá solicitarse mensualmente. Se tramitará una solicitud por cada unidad de convivencia. Se entenderá que la persona solicitante es la persona titular y el resto de las personas de la unidad familiar son beneficiarias de la misma.
b) En el caso de que exista solicitud de ayuda a nombre de la persona solicitante, independientemente de su naturaleza, registrada en los 6 meses anteriores, no deberá solicitarse documentación que ya esté en poder de la administración y se tramitará la ayuda de forma automática, siempre que la persona lo requiera de acuerdo con el criterio profesional del equipo de atención primaria de servicios sociales.
Concesión directa.
Las personas/ familias deben de presentar los recibos de forma telemática a las entidades locales de servicios sociales.
Esta plataforma es susceptible de ser cofinanciada por la Unión Europea a través de los Programas Operativos del FEDER, FSE y POEJ
A partir del 1 de enero de 2021 todas las actualizaciones de las ayudas se publicarán en las webs de sus respectivos convocantes.