Bono social de electricidad para trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad o hayan visto reducida su facturación como consecuencia del la COVID-19
MITECO - Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Nacional
Subvención a fondo perdido
Reducir la facturación eléctrica de los trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad o hayan visto reducida su facturación como consecuencia de la Covid-19 mediante bonos sociales de electricidad.
Se trata de una iniciativa ya existente para el consumidor vulnerable, que se extiende a los trabajadores autónomos como consecuencia de la Covid-19.
COVID 19: Nuevos beneficiarios. Serán considerados consumidores vulnerables y podrán acceder a un 25% de descuento en su factura eléctrica:
Podrán acogerse a este descuento cuando su renta o la renta conjunta anual de la unidad familiar a la que pertenezca sea:
La tramitación se realizará por teléfono, correo electrónico, correo ordinario, o fax directamente con alguna de las comercializadoras de referencia, quienes tiene la obligación de ofrecer y financiar el bono social.
COVID-19. Nuevos consumidores vulnerables.Teléfono de información: 913 146 673 (de lunes a viernes de 09:00 a 14:00h) Puedes enviar también tus consultas a ciudadano@idae.es
Los contactos están disponibles en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico:
El bono social se devengará a partir del primer día del ciclo de facturación en el que tenga lugar la recepción de la solicitud completa con la documentación acreditativa que sea necesaria. Se aplicará en la siguiente factura, siempre que dicha factura se emita transcurridos como mínimo quince días hábiles desde la recepción de la solicitud completa del consumidor por el comercializador de referencia.
**Ampliación del bono social a los colectivos en situación de vulnerabilidad económica provocada por la actual crisis del covid-19.
Esta extensión del descuento en la factura de la luz se aplicará si el titular del suministro, o alguno de los miembros de su unidad familiar, se encuentra en situación de desempleo, Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE), o ha visto reducida su jornada por motivo de cuidados, en caso de ser empresario, u otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos.
Si anteriormente se tenía en cuenta la renta de año anterior a la solicitud del bono social, ahora es necesario presentar el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar del mes anterior. Tendrán derecho a percibirlo si cumplen los requisitos hasta el 30 de junio de 2021.
¡Averigua si puedes optar a esta ayuda!
Bono social de electricidad para trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad o hayan visto reducida su facturación como consecuencia del la COVID-19
Esta plataforma es susceptible de ser cofinanciada por la Unión Europea a través de los Programas Operativos del FEDER, FSE y POEJ
A partir del 1 de enero de 2021 todas las actualizaciones de las ayudas se publicarán en las webs de sus respectivos convocantes.